Ley 5/2025
Artículo 134 de Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid
Ámbito de aplicación
Texto íntegro
La auditoría pública se ejercerá, en función de lo previsto en el plan anual de control financiero, sobre la totalidad del sector público autonómico, sin perjuicio de las actuaciones correspondientes al ejercicio de la función interventora y de otras actuaciones de control financiero, así como de la auditoría de cuentas anuales a que puedan estar obligadas los entes públicos de acuerdo con su legislación específica. Se exceptúa de este control a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid y a las universidades públicas, que se regirán por su normativa propia.
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 5/2025). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
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- Artículo 6Entes de Derecho público sometidos al derecho privado
- Artículo 7Sociedades mercantiles
- Artículo 8Consorcios adscritos a la Comunidad de Madrid
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