Ley 5/2025

Artículo 120 de Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid.

Artículo 120. Exención de fiscalización.

Última actualización en BOE:

Texto íntegro

Artículo 120. 1. No estarán sometidos a la fiscalización previa las fases de autorización y disposición de los siguientes gastos: a) Los contratos menores, así como los asimilados a ellos en virtud de la legislación contractual. b) Los gastos de carácter periódico y demás de tracto sucesivo, una vez fiscalizado el gasto correspondiente al período inicial del acto o contrato del que deriven o sus modificaciones. c) Los gastos menores de 5.000 euros cuyo pago se realice mediante el procedimiento especial de anticipo de caja fija. d) Las subvenciones y las transferencias internas que, en ambos casos, cuenten con asignación nominativa en la ley anual de presupuestos. e) Los gastos correspondientes a las actuaciones objeto del régimen excepcional de contratación de emergencia regulado en la normativa de contratos del sector público. Esta exención no se aplicará a la fiscalización previa de la orden de pago a justificar, en el supuesto de que se libren fondos con este carácter. f) Las ayudas económicas gestionadas por el Fondo de Emergencia regulado en el artículo 18.2 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, integral contra la violencia de género de la Comunidad de Madrid. 2. Asimismo quedarán exentas de la actuación de comprobación material de la inversión las subvenciones financiadas mayoritariamente por la Comunidad de Madrid destinadas al fomento de inversiones de las Entidades Locales cuando su ejecución se realice por la propia entidad local beneficiaria.

Fuente: Boletín Oficial del Estado.

Qué saber para el examen

  • ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
  • ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
  • ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 5/2025). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
  • ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.

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