Ley 5/2025
Artículo 89 de Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid
Habilitaciones de crédito
Última actualización en BOE:
Texto íntegro
El titular de la Consejería competente en materia de hacienda, a iniciativa de la dirección general competente en materia de presupuestos, podrá autorizar las habilitaciones de crédito que puedan establecerse en virtud de la mayor recaudación o reconocimiento de derechos de cualquiera de los subconceptos de ingresos previstos en la ley de presupuestos generales de la Comunidad de Madrid de cada ejercicio. Se dará cuenta al Consejo de Gobierno de las habilitaciones de crédito autorizadas en virtud de lo dispuesto en este artículo.
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 5/2025). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 5/2025
- Artículo 1Objeto de la ley
- Artículo 2Sector público autonómico
- Artículo 3Asamblea de Madrid
- Artículo 4Organismos autónomos
- Artículo 5Entes de Derecho público de régimen especial
- Artículo 6Entes de Derecho público sometidos al derecho privado
- Artículo 7Sociedades mercantiles
- Artículo 8Consorcios adscritos a la Comunidad de Madrid
Practica este artículo con OposAGE
Estamos preparando el lanzamiento. Únete a la lista de espera y recibirás acceso anticipado al método y a las fichas asociadas a esta norma.
Unirme a la lista de espera