Ley 5/2025
Artículo 192 de Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid
Responsables
Texto íntegro
1. Están sujetos a la obligación de indemnizar a la Hacienda Pública de la Comunidad de Madrid o, en su caso, al respectivo ente, organismo o entidad, además de las autoridades y personal que adopten la resolución o realicen el acto determinante de aquélla, los interventores y ordenadores de pagos que, en las circunstancias señaladas en el artículo 190, no hayan salvado su actuación en el respectivo expediente, mediante observación escrita acerca de la improcedencia del acto o resolución. 2. La responsabilidad de quienes hayan participado en la resolución o en el acto será mancomunada, excepto en los casos de dolo, que será solidaria.
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 5/2025). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 5/2025
- Artículo 1Objeto de la ley
- Artículo 2Sector público autonómico
- Artículo 3Asamblea de Madrid
- Artículo 4Organismos autónomos
- Artículo 5Entes de Derecho público de régimen especial
- Artículo 6Entes de Derecho público sometidos al derecho privado
- Artículo 7Sociedades mercantiles
- Artículo 8Consorcios adscritos a la Comunidad de Madrid
Practica este artículo con OposAGE
Estamos preparando el lanzamiento. Únete a la lista de espera y recibirás acceso anticipado al método y a las fichas asociadas a esta norma.
Unirme a la lista de espera