Ley 10/2019
Artículo 51 de Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid
Artículo 51. Impulso y fomento de la participación y colaboración ciudadana
Texto íntegro
Artículo 51. 1. Los sujetos comprendidos en el artículo 2.1 procurarán impulsar la participación y colaboración ciudadana a través de instrumentos o mecanismos adecuados que garanticen la interrelación mutua, ya sea a título individual y en su propio nombre, o a través de las entidades ciudadanas en las que se integre la ciudadanía. 2. Promoverán igualmente la participación y colaboración de cuantas entidades y organismos consideren adecuados atendiendo a las distintas actuaciones promovidas en el ejercicio de sus competencias. 3. Para ello, en el ámbito de sus competencias: a) Promoverán y desarrollarán los mecanismos para facilitar y garantizar la participación en proyectos normativos, planes y programas objeto de su competencia. b) Impulsarán instrumentos de participación ciudadana mediante canales de comunicación que permitan interactuar y facilitar el diálogo entre ellos y los ciudadanos. c) Fomentarán la cultura de la participación, tanto en la ciudadanía como entre los empleados públicos. 4. Los resultados de los procesos de participación y colaboración ciudadana son de naturaleza consultiva y no vinculante. Subir [Bloque 66: #a5-4]
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 10/2019). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 10/2019
- Artículo 1Artículo 1. Objeto de la Ley
- Artículo 2Artículo 2. Ámbito de aplicación
- Artículo 3Artículo 3. Otros sujetos obligados
- Artículo 4Artículo 4. Personas obligadas a suministrar información
- Artículo 5Artículo 5. Definiciones
- Artículo 6Artículo 6. Principios técnicos
- Artículo 7Artículo 7. Publicidad de la información
- Artículo 8Artículo 8. Obligación de transparencia
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