Ley 10/2019

Artículo 33 de Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid

Artículo 33. Derechos y obligaciones

Última actualización en BOE:

Texto íntegro

Artículo 33. 1. En el ámbito de acceso a la información pública, las personas tienen los siguientes derechos: a) Acceder a la información pública de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente. b) Ser informadas de si los documentos que contienen la información solicitada o de los que puede derivar dicha información obran o no en poder del órgano o entidad. c) Ser asistidas en su búsqueda de información. d) Recibir el asesoramiento adecuado y en términos comprensibles para el ejercicio del derecho de acceso. e) Recibir la información solicitada dentro de los plazos y en la forma o formato elegido de acuerdo con lo establecido en esta Ley. f) Conocer las razones en que se fundamenta la denegación del acceso a la información solicitada y, en su caso, el otorgamiento del acceso en una modalidad o formato distinto al elegido. g) Obtener la información solicitada de forma gratuita, sin perjuicio del abono, en su caso, de las tasas que correspondan por la expedición de copias y la transposición a formatos diferentes del original. h) Usar, reutilizar y compartir la información obtenida sin necesidad de autorización previa y sin más limitaciones que las impuestas por la legislación vigente. 2. Las personas que accedan a la información pública de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley están sujetas a las siguientes obligaciones: a) Realizar el acceso a la información concretando lo más precisamente posible la petición. b) Ejercer el derecho de acceso conforme a los principios de buena fe e interdicción del abuso de derecho. c) Cumplir las condiciones que se hayan señalado en la resolución que conceda el acceso directo a las fuentes de información y el acceso a la dependencia pública o archivo donde la información esté depositada. d) Respetar las obligaciones establecidas en la licencia y condiciones de uso de la información obtenida y en la normativa básica para la reutilización. Dichas obligaciones serán explicadas de forma clara por el suministrador de la información. e) Abonar las tasas que pudieran establecerse para la obtención de copias y la transposición de la información a un formato diferente al original. Subir [Bloque 43: #a3-6]

Fuente: Boletín Oficial del Estado.

Qué saber para el examen

  • ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
  • ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
  • ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 10/2019). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
  • ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.

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