Ley 2/2016
Artículo 36 de Ley 2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad de Madrid
Protección de las personas trans mayores
Texto íntegro
1. Las personas trans mayores tienen derecho a recibir de los servicios públicos sociales de la Comunidad de Madrid una protección y una atención integral para la promoción de su autonomía personal y del envejecimiento activo, que les permita una vida digna e independiente y su bienestar social e individual, así como a acceder a una atención gerontológica adecuada a sus necesidades, en el ámbito sanitario, social y asistencial. 2. Las personas trans mayores tendrán derecho al acogimiento en residencias adecuadas a su género y a recibir trato que respete, tanto en su individualidad, intimidad, y especialmente, su identidad de género. 3. Las residencias de la tercera edad, tanto públicas como privadas, garantizarán el derecho a la no discriminación de personas en atención a su identidad y/o expresión de género, ya sea en su individualidad como en su relación sentimental. 4. El Servicio Público de Atención a Personas Mayores en Residencias, Centros de Día y Pisos Tutelados promoverá que dichas residencias, centros y pisos concierten protocolos de colaboración con la Unidad de Identidad de Género y con el Servicio de Asistencia y Apoyo a las Personas Trans con el fin de establecer el tratamiento gerontológico más adecuado para las personas trans mayores y la mejor difusión de buenas prácticas en relación a los problemas específicos de la transexualidad en la vejez. Se modifica el apartado 2 por el art. único.18 de la Ley 17/2023, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-10767
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 2/2016). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 2/2016
- Artículo 1Definiciones
- Artículo 2Ámbito de la Ley
- Artículo 3Objeto
- Artículo 4Reconocimiento del respeto a la libertad y dignidad de las personas transexuales
- Artículo 5No discriminación
- Artículo 6Menores Trans
- Artículo 7Documentación administrativa
- Artículo 8Servicios de asesoramiento y apoyo a las personas transexuales, sus familiares y personas allegadas
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