Ley 10/2019
Artículo 79 de Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid
Artículo 79. Relaciones con la Asamblea de Madrid
Texto íntegro
Artículo 79. 1. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos elevará anualmente a la Comisión correspondiente de la Asamblea de Madrid una memoria sobre el desarrollo de sus actividades y sobre el grado de cumplimiento de las disposiciones establecidas en esta Ley. El Presidente del Consejo de Transparencia y Protección de Datos comparecerá ante la Comisión correspondiente para dar cuenta de tal memoria, así como cuantas veces sea requerido para ello. 2. La memoria anual se presentará ante la Comisión correspondiente de la Asamblea de Madrid dentro del primer trimestre del ejercicio siguiente al que se refiera, y se hará pública en el Portal de Transparencia. Se modifica por el art. 8.4 de la Ley 16/2023, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-10766 Seleccionar redacción: Última actualización, publicada el 29/12/2023, en vigor a partir del 30/12/2023. Texto original, publicado el 22/04/2019, en vigor a partir del 01/01/2020. Subir [Bloque 98: #tv-2] TÍTULO VI Infracciones y sanciones en materia de transparencia y participación Subir [Bloque 99: #a8-2]
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 10/2019). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 10/2019
- Artículo 1Artículo 1. Objeto de la Ley
- Artículo 2Artículo 2. Ámbito de aplicación
- Artículo 3Artículo 3. Otros sujetos obligados
- Artículo 4Artículo 4. Personas obligadas a suministrar información
- Artículo 5Artículo 5. Definiciones
- Artículo 6Artículo 6. Principios técnicos
- Artículo 7Artículo 7. Publicidad de la información
- Artículo 8Artículo 8. Obligación de transparencia
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