Ley 1/2014
Artículo 49 de Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía
Artículo 49. Comisión Consultiva de la Transparencia y la Protección de Datos
Texto íntegro
Artículo 49. 1. La Comisión Consultiva de la Transparencia y la Protección de Datos, en adelante la Comisión, se constituye como órgano de participación y consulta en materia de transparencia y protección de datos. 2. Sus funciones, funcionamiento y composición se determinarán en los estatutos del Consejo. 3. La Comisión Consultiva estará compuesta por la persona que ejerza la Dirección del Consejo y catorce miembros en representación de: a) La Administración de la Junta de Andalucía. b) El Parlamento de Andalucía, reuniendo la condición de diputado o diputada. c) Las administraciones locales andaluzas. d) Las universidades públicas andaluzas. e) Las entidades representativas de las personas consumidoras y usuarias. f) Las entidades representativas de los intereses económicos y sociales. g) Personas expertas en la materia. h) Un representante de la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz. i) Un representante de la Cámara de Cuentas de Andalucía. 4. Los miembros de la Comisión serán nombrados por la persona titular de la Consejería a la que se refiere el artículo 43.4. Serán cesados por las mismas causas que la persona que ejerza la Dirección del Consejo o a petición de la entidad que los hubiera propuesto. Subir [Bloque 60: #tvi] TÍTULO VI Régimen sancionador Subir [Bloque 61: #a50]
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 1/2014). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 1/2014
- Artículo 1Artículo 1. Objeto
- Artículo 2Artículo 2. Definiciones
- Artículo 3Artículo 3. Ámbito subjetivo de aplicación
- Artículo 4Artículo 4. Obligación de suministrar información
- Artículo 5Artículo 5. Otros sujetos obligados
- Artículo 6Artículo 6. Principios básicos
- Artículo 7Artículo 7. Derechos
- Artículo 8Artículo 8. Obligaciones
Practica este artículo con OposAGE
Estamos preparando el lanzamiento. Únete a la lista de espera y recibirás acceso anticipado al método y a las fichas asociadas a esta norma.
Unirme a la lista de espera