Ley 1/2014

Artículo 48 de Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía

Artículo 48. Funciones de la Dirección

Última actualización en BOE:

Texto íntegro

Artículo 48. 1. La Dirección del Consejo ejercerá las siguientes funciones: a) Representar al Consejo. b) La resolución de las reclamaciones contra las resoluciones expresas o presuntas en materia de acceso que puedan presentarse por las personas solicitantes o por las terceras personas interesadas en los supuestos previstos en la legislación básica. c) Adoptar criterios de interpretación uniforme de las obligaciones contenidas en esta ley. d) Presentar ante el Parlamento de Andalucía un informe anual de actuación. e) Resolver las consultas que en materia de transparencia o protección de datos le planteen las administraciones y entidades sujetas a esta ley. f) Responder a las consultas que, con carácter facultativo, le planteen los órganos encargados de tramitar y resolver las solicitudes de acceso a la información, así como las consultas que para el cumplimiento de lo previsto en el artículo 22 le planteen los órganos competentes. g) Ejercer el control de la publicidad activa en los términos previstos en el artículo 23. h) Desempeñar las funciones previstas en la legislación sobre protección de datos para su ejercicio por las agencias autonómicas en su caso. 2. La Dirección del Consejo estará asesorada por la Comisión Consultiva prevista en el artículo 49. Se suprime la letra h) y se reordena la letra i) como h) por la disposición final 2.1 de la Ley 1/2026, de 20 de febrero. Ref. BOE-A-2026-6643 Seleccionar redacción: Última actualización, publicada el 06/03/2026, en vigor a partir del 26/03/2026. Texto original, publicado el 30/06/2014, en vigor a partir del 01/01/2015. Subir [Bloque 59: #a49]

Fuente: Boletín Oficial del Estado.

Qué saber para el examen

  • ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
  • ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
  • ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 1/2014). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
  • ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.

Otros artículos de Ley 1/2014

Practica este artículo con OposAGE

Estamos preparando el lanzamiento. Únete a la lista de espera y recibirás acceso anticipado al método y a las fichas asociadas a esta norma.

Unirme a la lista de espera