Ley 1/2014
Artículo 10 de Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía
Artículo 10. Información institucional y organizativa
Texto íntegro
Artículo 10. 1. Las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de esta ley publicarán, en lo que les sea aplicable, información relativa a: a) Las funciones que desarrollan. b) La normativa que les sea de aplicación y, en particular, los estatutos y normas de organización y funcionamiento de los entes instrumentales. c) Su estructura organizativa. A estos efectos, incluirán un organigrama actualizado que identifique a las personas responsables de los diferentes órganos y su perfil y trayectoria profesional y la identificación de las personas responsables de las unidades administrativas. d) Sede física, horarios de atención al público, teléfono y dirección de correo electrónico. e) Delegaciones de competencias vigentes. f) Relación de órganos colegiados adscritos y normas por las que se rigen. g) Las relaciones de puestos de trabajo, catálogos de puestos o documento equivalente referidos a todo tipo de personal, con indicación de sus retribuciones anuales. h) Las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afecten a los empleados públicos. i) Acuerdos o pactos reguladores de las condiciones de trabajo y convenios colectivos vigentes. j) La oferta pública de empleo u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal. k) Los procesos de selección del personal. l) La identificación de las personas que forman parte de los órganos de representación del personal y el número de personas que gozan de dispensa total de asistencia al trabajo. m) Las agendas institucionales de los gobiernos. 2. La Administración de la Junta de Andalucía publicará, además, la siguiente información: a) El inventario de entes de la Comunidad Autónoma de Andalucía. b) El Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía en los términos que se establezcan reglamentariamente. c) Plan e informe anual de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía. 3. Las entidades locales de Andalucía publicarán, además, la información cuya publicidad viene establecida en la Ley 5/2010, de 11 de junio , así como las actas de las sesiones plenarias. Subir [Bloque 14: #a11]
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 1/2014). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 1/2014
- Artículo 1Artículo 1. Objeto
- Artículo 2Artículo 2. Definiciones
- Artículo 3Artículo 3. Ámbito subjetivo de aplicación
- Artículo 4Artículo 4. Obligación de suministrar información
- Artículo 5Artículo 5. Otros sujetos obligados
- Artículo 6Artículo 6. Principios básicos
- Artículo 7Artículo 7. Derechos
- Artículo 8Artículo 8. Obligaciones
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