Convenio Colectivo Unico 2025-2028
Artículo 30 de Convenio Colectivo Unico para el Personal Laboral al Servicio de la Administracion de la Comunidad de Madrid (2025-2028)
Artículo 30. Catalogación de puestos de carrera.
Texto íntegro
Artículo 30. 1. Se crean los puestos de carrera como sistema de ordenación complementario al propio sistema de clasificación y como elemento esencial del sistema de carrera vertical para el conjunto del personal laboral. Los puestos de carrera tipo son los que figuran en el catálogo que aparece recogido como anexo V, así como los que, en su caso, se aprueben de conformidad con lo previsto en el apartado 2 de este artículo. En el catálogo de puestos de carrera tipo se determina su denominación, adscripción al grupo profesional, nivel salarial y sistema de provisión. La concreción de otros datos, como área de actividad, categoría profesional, en su caso, o excepcionalmente cualquier otro requisito específico de titulación o experiencia requerido para su desempeño, se reflejarán en las relaciones de puestos de trabajo en función de los elementos peculiares de cada puesto específico. Un puesto de carrera tipo, en función de las competencias funcionales o tareas asignadas al mismo, habrá de encontrarse integrado en el sistema de clasificación conforme a las siguientes reglas básicas para su desempeño: a) Deberá estar, en todo caso, adscrito a uno o a dos grupos de clasificación, siempre que, en este último caso, ambos sean consecutivos. b) Podrá estar adscrito a una, a varias o a todas las áreas de actividad. c) Podrá estar adscrito a una o varias categorías profesionales y, dentro de la misma categoría profesional, a una o varias especialidades; también podrán ser de adscripción indistinta, cuando lo sea a cualquiera de las categorías o especialidades del grupo profesional y, en su caso área de actividad en que se integre. 2. Mediante resolución de la dirección general competente en materia de función pública, previo acuerdo en el ámbito de la comisión paritaria y con el informe favorable de la consejería competente en materia de hacienda, podrán incluirse nuevos puestos de carrera tipo en el correspondiente catálogo, así como modificarse o suprimirse los ya existentes. 3. De acuerdo, en todo caso, con las características y requisitos establecidos en el catálogo para cada puesto tipo, a través de las relaciones de puestos de trabajo y plantillas presupuestarias se podrán crear cuantos puestos de carrera se precisen en cada consejería u organismo. TÍTULO III Selección de personal CAPÍTULO I Disposiciones comunes
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Convenio Colectivo Unico 2025-2028). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Convenio Colectivo Unico 2025-2028
- Artículo 1Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2Artículo 2. Exclusiones.
- Artículo 3Artículo 3. Vigencia y denuncia del convenio.
- Artículo 4Artículo 4. Creación y composición.
- Artículo 5Artículo 5. Funciones.
- Artículo 6Artículo 6. Funcionamiento.
- Artículo 7Artículo 7. Acuerdos.
- Artículo 8Artículo 8. Creación y disolución de otros órganos de composición paritaria.
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