Ley 7/1985
Artículo 15 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. [Inclusión parcial]
Artículo 15
Texto íntegro
Artículo 15. 1. Todo español o extranjero que viva en territorio español deberá estar empadronado en el Municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios Municipios deberá inscribirse en aquel en que habitara durante más tiempo al año. Para poder obtener el alta en el Padrón de un Municipio será necesario presentar el certificado de baja en el Padrón del Municipio en el que se hubiera residido anteriormente. 2. Los españoles que, circunstancialmente, se hallen viviendo en un Municipio que no sea el de su residencia habitual, podrán inscribirse en él como transeúntes. En este caso no será necesario cumplimentar lo dispuesto en el tercer párrafo del número anterior.
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 7/1985). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
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