Ley 40/2015

Artículo 95 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

Gestión compartida de servicios comunes

TÍTULO II Organización y funcionamiento del sector público institucional · CAPÍTULO III De los organismos públicos estatalesÚltima actualización en BOE:

Texto íntegro

1. La norma de creación de los organismos públicos del sector público estatal incluirá la gestión compartida de algunos o todos los servicios comunes, salvo que la decisión de no compartirlos se justifique, en la memoria que acompañe a la norma de creación, en términos de eficiencia, conforme al artículo 7 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en razones de seguridad nacional o cuando la organización y gestión compartida afecte a servicios que deban prestarse de forma autónoma en atención a la independencia del organismo. La organización y gestión de algunos o todos los servicios comunes se coordinará por el Ministerio de adscripción, por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o por un organismo público vinculado o dependiente del mismo. 2. Se consideran servicios comunes de los organismos públicos, al menos, los siguientes: a) Gestión de bienes inmuebles. b) Sistemas de información y comunicación. c) Asistencia jurídica. d) Contabilidad y gestión financiera. e) Publicaciones. f) Contratación pública.

Fuente: Boletín Oficial del Estado.

Qué saber para el examen

  • ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
  • ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
  • ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (TÍTULO II Organización y funcionamiento del sector público institucional · CAPÍTULO III De los organismos públicos estatales). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
  • ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.

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