Ley 38/2003
Artículo 18 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Artículo 18. Publicidad de las subvenciones.
Texto íntegro
Artículo 18. 1. La Base de Datos Nacional de Subvenciones operará como sistema nacional de publicidad de subvenciones. 2. A tales efectos, las administraciones concedentes deberán remitir a la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión recaídas en los términos establecidos en el artículo 20. 3. Los beneficiarios deberán dar publicidad de las subvenciones y ayudas percibidas en los términos y condiciones establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. En el caso de que se haga uso de la previsión contenida en el artículo 5.4 de la citada Ley, la Base de Datos Nacional de Subvenciones servirá de medio electrónico para el cumplimiento de las obligaciones de publicidad. 4. Los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, en los términos reglamentariamente establecidos.
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 38/2003). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 38/2003
- Artículo 1Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2Artículo 2. Concepto de subvención.
- Artículo 3Artículo 3. Ámbito de aplicación subjetivo.
- Artículo 4Artículo 4. Exclusiones del ámbito de aplicación de la ley.
- Artículo 5Artículo 5. Régimen jurídico de las subvenciones.
- Artículo 6Artículo 6. Régimen jurídico de las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea.
- Artículo 7Artículo 7. Responsabilidad financiera derivada de la gestión de fondos procedentes de la Unión Europea.
- Artículo 8Artículo 8. Principios generales.
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