Ley 3/2016
Artículo 42 de Ley 3/2016, de 22 de julio, de Protección Integral contra LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual en la Comunidad de Madrid
La realidad LGTBI en el ámbito de la responsabilidad social empresarial
Texto íntegro
1. La estrategia madrileña de responsabilidad social empresarial, incluirá medidas destinadas a promover la igualdad y la no discriminación por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género. 2. El sistema de evaluación por el que se crea el distintivo de Empresa Socialmente Responsable de la Comunidad de Madrid, con base en el Decreto 49/2015, de 14 de mayo, incorporará indicadores de igualdad que tengan en cuenta la realidad de las personas LGTBI. 3. Asimismo, la Administración autonómica divulgará, a través de la Consejería competente en materia de asuntos sociales, las buenas prácticas realizadas por las empresas en materia de inclusión de colectivos LGTBI y de promoción y garantía de igualdad y no discriminación por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género.
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 3/2016). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
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