Ley 15/2022
Artículo 30 de Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación
Reglas relativas a la carga de la prueba
Texto íntegro
1. De acuerdo con lo previsto en las leyes procesales y reguladoras de los procedimientos administrativos, cuando la parte actora o el interesado alegue discriminación y aporte indicios fundados sobre su existencia, corresponderá a la parte demandada o a quien se impute la situación discriminatoria la aportación de una justificación objetiva y razonable, suficientemente probada, de las medidas adoptadas y de su proporcionalidad. 2. A los efectos de lo dispuesto en el párrafo primero, el órgano judicial o administrativo, de oficio o a instancia de parte, podrá recabar informe de los organismos públicos competentes en materia de igualdad. 3. Lo establecido en el apartado primero no será de aplicación a los procesos penales ni a los procedimientos administrativos sancionadores, ni a las medidas adoptadas y los procedimientos tramitados al amparo de las normas de organización, convivencia y disciplina de los centros docentes.
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (TÍTULO II Defensa y promoción del derecho a la igualdad de trato y no discriminación · CAPÍTULO I Garantías del derecho a la igualdad de trato y no discriminación). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 15/2022
- Artículo 1Objeto de la ley
- Artículo 2Ámbito subjetivo de aplicación
- Artículo 3Ámbito objetivo de aplicación
- Artículo 4El derecho a la igualdad de trato y no discriminación
- Artículo 5Derechos a la información y al asesoramiento de las personas víctimas de discriminación
- Artículo 6Definiciones
- Artículo 7Interpretación
- Artículo 8Inducción, orden o instrucción de discriminar o de cometer una acción de intolerancia
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