Ley 15/2022
Artículo 16 de Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación
Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la prestación de los servicios sociales
Texto íntegro
Las administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, garantizarán que en el acceso y la prestación de los diferentes servicios sociales no se produzcan situaciones discriminatorias por cualquiera de las causas previstas en la presente ley. A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, los planes y programas sobre servicios sociales procurarán la atención prioritaria de los grupos especialmente vulnerables, con especial atención a la situación de las mujeres y las niñas. Estos planes incluirán programas de formación profesional que promuevan un enfoque de diversidad e igualdad de trato, que ayude a identificar situaciones de discriminación múltiple e interseccional, poniendo especial atención para establecer mecanismos que eviten excluir a las personas con una situación socioeconómica más débil o que se encuentren en situación de sinhogarismo u otras consecuencias derivadas de su situación de pobreza.
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (TÍTULO I Derecho a la igualdad de trato y no discriminación · CAPÍTULO II El derecho a la igualdad de trato y no discriminación en determinados ámbitos de la vida política, económica, cultural y social). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 15/2022
- Artículo 1Objeto de la ley
- Artículo 2Ámbito subjetivo de aplicación
- Artículo 3Ámbito objetivo de aplicación
- Artículo 4El derecho a la igualdad de trato y no discriminación
- Artículo 5Derechos a la información y al asesoramiento de las personas víctimas de discriminación
- Artículo 6Definiciones
- Artículo 7Interpretación
- Artículo 8Inducción, orden o instrucción de discriminar o de cometer una acción de intolerancia
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