Ley 13/2007
Artículo 49 de Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género
Artículo 49. Posibilidad de permuta
Última actualización en BOE:
Texto íntegro
Artículo 49. 1. Con la finalidad de proteger la integridad física y psicológica de las mujeres víctimas de violencia de género, que así lo acrediten en los términos establecidos en el artículo 30.1, letra a), de la presente Ley, se reconoce la posibilidad de autorizar permutas de viviendas protegidas adjudicadas a estas mujeres. 2. Las Administraciones públicas de Andalucía facilitarán la efectividad de las permutas de viviendas protegidas a las que se refiere el párrafo anterior. Subir [Bloque 79: #a50]
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 13/2007). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 13/2007
- Artículo 1Artículo 1. Objeto de la Ley
- Artículo 2Artículo 2. Ámbito de aplicación
- Artículo 3Artículo 3. Concepto, tipología y manifestaciones de violencia de género
- Artículo 4Artículo 4. Principios rectores
- Artículo 5Artículo 5. Fomento de las investigaciones
- Artículo 6Artículo 6. Líneas de investigación
- Artículo 7Artículo 7. Análisis de la violencia de género
- Artículo 8Artículo 8. Plan integral de sensibilización y prevención contra la violencia de género
Practica este artículo con OposAGE
Estamos preparando el lanzamiento. Únete a la lista de espera y recibirás acceso anticipado al método y a las fichas asociadas a esta norma.
Unirme a la lista de espera