Ley 13/2007
Artículo 38 de Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género
Artículo 38. Personación de la Administración de la Junta de Andalucía
Texto íntegro
Artículo 38. 1. La Administración de la Junta de Andalucía deberá personarse, de acuerdo con la legislación procesal vigente, en los procedimientos por actos de violencia de género cometidos en Andalucía, en los que se cause la muerte a mujeres y menores. 2. La Administración de la Junta de Andalucía podrá personarse, de acuerdo con la legislación procesal vigente, en los procedimientos por actos de violencia de género cometidos en Andalucía, de forma debidamente justificada a causa de su especial gravedad o repercusión social. 3. La Administración de la Junta de Andalucía garantizará la formación y apoyo técnico adecuado en materia de violencia de género a los Letrados y Letradas del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, a fin de asegurar la calidad en la atención. Se modifica por el art. único.28 de la Ley 7/2018, de 30 de julio. Ref. BOE-A-2018-11883 Seleccionar redacción: Última actualización, publicada el 01/08/2018, en vigor a partir del 02/08/2018. Texto original, publicado el 18/12/2007, en vigor a partir del 19/12/2007. Subir [Bloque 61: #cv-2] CAPÍTULO V Atención social Subir [Bloque 62: #a39]
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 13/2007). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 13/2007
- Artículo 1Artículo 1. Objeto de la Ley
- Artículo 2Artículo 2. Ámbito de aplicación
- Artículo 3Artículo 3. Concepto, tipología y manifestaciones de violencia de género
- Artículo 4Artículo 4. Principios rectores
- Artículo 5Artículo 5. Fomento de las investigaciones
- Artículo 6Artículo 6. Líneas de investigación
- Artículo 7Artículo 7. Análisis de la violencia de género
- Artículo 8Artículo 8. Plan integral de sensibilización y prevención contra la violencia de género
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