Ley 12/2007
Artículo 12 de Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía
Artículo 12. Contratación pública
Texto íntegro
Artículo 12. 1. La Administración de la Junta de Andalucía, a través de sus órganos de contratación, establecerá condiciones especiales en relación con la ejecución de los contratos que celebren, con el fin de promover la igualdad entre mujeres y hombres, especialmente en el ámbito laboral, siempre dentro del marco proporcionado por la normativa vigente. 2. Los órganos de contratación de la Administración de la Junta de Andalucía señalarán, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, la preferencia de la adjudicación de los contratos para las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan la marca de excelencia o desarrollen medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, cuenten con protocolo de acoso sexual y por razón de sexo, así como que las medidas de igualdad aplicadas permanezcan en el tiempo y mantengan la efectividad, de acuerdo con las condiciones que reglamentariamente se establezcan. Todo ello, sin perjuicio de lo establecido en las normas reguladoras de los contratos del sector público. Se modifica por el art. único.9 de la Ley 9/2018, de 8 de octubre. Ref. BOE-A-2018-15239 Seleccionar redacción: Última actualización, publicada el 15/10/2018, en vigor a partir del 16/10/2018. Texto original, publicado el 18/12/2007, en vigor a partir del 19/12/2007. Subir [Bloque 20: #a1-5]
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 12/2007). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 12/2007
- Artículo 1Artículo 1. Objeto
- Artículo 2Artículo 2. Ámbito de aplicación
- Artículo 3Artículo 3. Definiciones
- Artículo 4Artículo 4. Principios generales
- Artículo 5Artículo 5. Transversalidad de género
- Artículo 6Artículo 6. Evaluación de impacto de género
- Artículo 7Artículo 7. Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres
- Artículo 8Artículo 8. Enfoque de género en el presupuesto
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