Ley 1/1986
Artículo 38 de Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid
Artículo 38 bis
Última actualización en BOE:
Texto íntegro
Pertenece a la Administración Especial el Cuerpo de Agentes Forestales, en el cual se distinguen las siguientes Escalas, de acuerdo con la Ley de Creación del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid: a) Técnica, compuesta por las categorías de Técnico superior Agente forestal y Técnico medio Agente forestal. b) Operativa, compuesta por la categoría de Agente forestal. Se añade por la disposición adicional 3 de la Ley 1/2002, de 27 de marzo. Ref. BOE-A-2002-13252 .
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 1/1986). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
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