Ley 1/1986
Artículo 15 de Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid
Artículo 15
Texto íntegro
Artículo 15. 1. La relación de puestos de trabajo indicará obligatoriamente, para cada uno de ellos: a) Su denominación. b) Sus características esenciales. c) La posición que le corresponde dentro de la organización. d) Los requisitos necesarios para su desempeño. 2. Tratándose de puestos de trabajo atribuidos a funcionarios públicos, indicará además: a) El Grupo, Cuerpo o Escala que corresponda. b) El nivel en que el puesto haya sido clasificado. c) En su caso, el complemento específico que tenga atribuido, con mención expresa de los factores que con él se retribuyen y de su valoración. d) La forma de provisión. Subir [Bloque 28: #cii-2] CAPÍTULO II Plantillas presupuestarias Subir [Bloque 29: #a16]
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 1/1986). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 1/1986
Practica este artículo con OposAGE
Estamos preparando el lanzamiento. Únete a la lista de espera y recibirás acceso anticipado al método y a las fichas asociadas a esta norma.
Unirme a la lista de espera