Ley 9/2007
Artículo 65 de Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía
Artículo 65. Concepto y régimen jurídico
Texto íntegro
Artículo 65. 1. Las agencias administrativas son entidades públicas que se rigen por el Derecho Administrativo, a las que se atribuye, en ejecución de programas específicos de la actividad de una Consejería, la realización de actividades de promoción, prestacionales, de gestión de servicios públicos y otras actividades administrativas. 2. Las agencias administrativas se rigen por el mismo régimen jurídico de personal, presupuestario, económico-financiero, de control y contabilidad que el establecido para la Administración de la Junta de Andalucía. Para el desarrollo de sus funciones dispondrán de las potestades públicas que tengan expresamente atribuidas por sus estatutos. 3. Las agencias administrativas se adscriben a una Consejería, a la que corresponde la dirección estratégica, la evaluación y el control de los resultados de su actividad en los términos previstos en el artículo 63 de esta Ley. Excepcionalmente pueden adscribirse a otra agencia administrativa cuyo objeto consista en la coordinación de varias de ellas. Se modifica el apartado 3 por el art. 1.7 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero. Ref. BOE-A-2011-4039 . Se modifica el apartado 3 por el art. 1.7 del Decreto-ley 6/2010, de 23 de noviembre. Ref. BOJA-b-2010-90060 . Se modifica el apartado 3 por el art. 1.7 del Decreto-ley 5/2010, de 27 de julio. Ref. BOJA-b-2010-90057 . Seleccionar redacción: Última actualización, publicada el 21/02/2011, en vigor a partir del 22/02/2011. Modificación publicada el 26/11/2010, en vigor a partir del 27/11/2010. Modificación publicada el 28/07/2010, en vigor a partir del 29/07/2010. Texto original, publicado el 31/10/2007, en vigor a partir del 31/01/2008. Subir [Bloque 91: #a66]
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 9/2007). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 9/2007
- Artículo 1Artículo 1. Objeto y ámbito de la Ley
- Artículo 2Artículo 2. Personalidad jurídica y potestades
- Artículo 3Artículo 3. Principios generales de organización y funcionamiento de la Administración de la Junta de Andalucía
- Artículo 4Artículo 4. Dirección y planificación de la actividad
- Artículo 5Artículo 5. Principio de buena administración
- Artículo 6Artículo 6. Calidad de los servicios
- Artículo 7Artículo 7. Administración electrónica
- Artículo 8Artículo 8. Relaciones interadministrativas
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