Ley 9/2007
Artículo 59 de Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía
Modificación y refundición
Texto íntegro
1. La modificación o refundición de las agencias deberá producirse por ley cuando suponga alteración de sus fines, del tipo de entidad o de las peculiaridades relativas a los recursos económicos o al régimen del personal, patrimonial o fiscal, o de cualesquiera otras que exijan norma con rango de ley. 2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, la modificación o refundición de las agencias por razones de eficacia, eficiencia y de economía del gasto público en la aplicación de los recursos del sector público, aun cuando suponga alteración de sus fines o del tipo de entidad, se llevará a cabo por decreto del Consejo de Gobierno, previo informe de las Consejerías competentes en materia de Hacienda y de Administración Pública. 3. El resto de las modificaciones o refundiciones se llevarán a cabo por decreto del Consejo de Gobierno, previo informe de las Consejerías competentes en materia de Hacienda y de Administración Pública. Se modifica por el art. 1.5 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero. Ref. BOE-A-2011-4039 . Se modifica por el art. 1.5 del Decreto-ley 6/2010, de 23 de noviembre. Ref. BOJA-b-2010-90060 . Se modifica por el art. 1.5 del Decreto-ley 5/2010, de 27 de julio. Ref. BOJA-b-2010-90057 .
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 9/2007). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
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- Artículo 2Personalidad jurídica y potestades
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- Artículo 5Principio de buena administración
- Artículo 6Calidad de los servicios
- Artículo 7Administración electrónica
- Artículo 8Relaciones interadministrativas
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