Ley 58/2003
Artículo 152 de Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
Horario de las actuaciones inspectoras
Texto íntegro
1. Las actuaciones que se desarrollen en oficinas públicas se realizarán dentro del horario oficial de apertura al público de las mismas y, en todo caso, dentro de la jornada de trabajo vigente. 2. Si las actuaciones se desarrollan en los locales del interesado se respetará la jornada laboral de oficina o de la actividad que se realice en los mismos, con la posibilidad de que pueda actuarse de común acuerdo en otras horas o días. 3. Cuando las circunstancias de las actuaciones lo exijan, se podrá actuar fuera de los días y horas a los que se refieren los apartados anteriores en los términos que se establezcan reglamentariamente.
Fuente: Boletín Oficial del Estado · BOE-A-2003-23186.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 58/2003). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 58/2003
- Artículo 1Objeto y ámbito de aplicación
- Artículo 2Concepto, fines y clases de los tributos
- Artículo 3Principios de la ordenación y aplicación del sistema tributario
- Artículo 4Potestad tributaria
- Artículo 5La Administración tributaria
- Artículo 6Impugnabilidad de los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones
- Artículo 7Fuentes del ordenamiento tributario
- Artículo 8Reserva de ley tributaria
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