Ley 47/2003

Artículo 126 de Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria

Sistemas adicionales de control de objetivos

TÍTULO V Contabilidad del sector público estatal · CAPÍTULO II Competencias en materia contableÚltima actualización en BOE:

Texto íntegro

1. El sistema de información contable de las entidades del sector público estatal que deban aplicar los principios contables públicos comprenderá el seguimiento de los objetivos propuestos por los centros gestores, aprobados en los Presupuestos Generales del Estado. 2. Los centros gestores podrán diseñar e implantar sistemas adicionales de seguimiento de los objetivos indicados en el apartado anterior.

Fuente: Boletín Oficial del Estado.

Qué saber para el examen

  • ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
  • ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
  • ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (TÍTULO V Contabilidad del sector público estatal · CAPÍTULO II Competencias en materia contable). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
  • ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.

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