Ley 36/2011
Artículo 155 de Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social
Intervención de sindicatos, asociaciones empresariales y órganos de representación
Texto íntegro
En todo caso, los sindicatos representativos, de conformidad con los artículos 6 y 7 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, las asociaciones empresariales representativas en los términos del artículo 87 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y los órganos de representación legal o sindical podrán personarse como partes en el proceso, aun cuando no lo hayan promovido, siempre que su ámbito de actuación se corresponda o sea más amplio que el del conflicto.
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 36/2011). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 36/2011
- Artículo 1Orden jurisdiccional social
- Artículo 2Ámbito del orden jurisdiccional social
- Artículo 3Materias excluidas
- Artículo 4Competencia funcional por conexión
- Artículo 5Apreciación de oficio de la falta de jurisdicción o de competencia
- Artículo 6Juzgados de lo Social
- Artículo 7Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia
- Artículo 8Sala de lo Social de la Audiencia Nacional
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