Ley 31/1995
Artículo 32 de Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
Prohibición de participación en actividades mercantiles de prevención
Última actualización en BOE:
Texto íntegro
Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social no podrán desarrollar las funciones correspondientes a los servicios de prevención ajenos, ni participar con cargo a su patrimonio histórico en el capital social de una sociedad mercantil en cuyo objeto figure la actividad de prevención. Se modifica por la disposición final 1 de la Ley 35/2014, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-13568 . Se modifica por la disposición final 6 de la Ley 32/2010, de 5 de agosto. Ref. BOE-A-2010-12616 .
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 31/1995). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 31/1995
- Artículo 1Normativa sobre prevención de riesgos laborales
- Artículo 2Objeto y carácter de la norma
- Artículo 3Ambito de aplicación
- Artículo 4Definiciones
- Artículo 5Objetivos de la política
- Artículo 6Normas reglamentarias
- Artículo 7Actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia laboral
- Artículo 8Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
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