Ley 3/2016
Artículo 38 de Ley 3/2016, de 22 de julio, de Protección Integral contra LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual en la Comunidad de Madrid.
Artículo 38. Atención sanitaria a mujeres lesbianas, bisexuales, personas trans y/o sus parejas.
Texto íntegro
Artículo 38. 1. El sistema sanitario público promoverá la formación del personal sanitario y llevará a cabo programas y protocolos específicos que den respuesta a las necesidades propias de las mujeres lesbianas, bisexuales, personas trans y personas con pareja trans, en particular sobre la salud sexual y reproductiva. 2. Las mujeres lesbianas y bisexuales, personas trans y persona con pareja trans, tendrán garantizado el acceso a las técnicas de reproducción asistida en igualdad de condiciones que el resto de las mujeres, de acuerdo a los criterios médicos y siguiendo el protocolo establecido. 3. Antes del inicio del tratamiento hormonal en personas transexuales, se les ofrecerá la posibilidad de congelación de tejido gonadal y células reproductivas para su futura recuperación.
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 3/2016). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 3/2016
- Artículo 1Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4Artículo 4. Principios.
- Artículo 5Artículo 5. Tutela Institucional.
- Artículo 6Artículo 6. Consejo LGTBI de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 7Artículo 7. Igualdad de trato.
- Artículo 8Artículo 8. No discriminación por motivos de orientación sexual e identidad o expresión de género.
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