Ley 1/1986
Artículo 33 de Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid
Artículo 33
Texto íntegro
Artículo 33. Son Cuerpos de Administración General los siguientes: a) En el Grupo A, el Cuerpo de Técnicos Superiores y el Cuerpo Superior de Gestión. b) En el Grupo B, el Cuerpo de Técnicos de Gestión. c) En el Grupo C, el Cuerpo de Administrativos. d) En el Grupo D, el Cuerpo de Auxiliares. Se modifica la letra a) por el art. 8.2 de la Ley 26/1998, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1999-12088 . Seleccionar redacción: Última actualización, publicada el 30/12/1998, en vigor a partir del 30/12/1998. Texto original, publicado el 24/04/1986, en vigor a partir del 24/04/1986. Subir [Bloque 56: #stercera-2] Sección tercera. Cuerpos de Administración Especial Subir [Bloque 57: #a34]
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 1/1986). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
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