Decreto Legislativo 1/2010

Artículo 11 de Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía

Competencias del Parlamento de Andalucía

Última actualización en BOE:

Texto íntegro

1. De conformidad con lo previsto en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía, corresponde al Parlamento de Andalucía el examen, enmienda, aprobación y control del Presupuesto de la Junta de Andalucía. 2. Se regularán por ley del Parlamento de Andalucía las siguientes materias relativas a la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía: a) La concesión de créditos extraordinarios y de suplementos de crédito. b) El establecimiento, la modificación y la supresión de tributos propios. c) El ejercicio de competencias normativas en relación con los tributos cedidos, con el alcance que establezca la legislación del Estado. d) El establecimiento, modificación y supresión de los recargos sobre tributos estatales. e) El régimen de Deuda Pública de la Junta de Andalucía. f) El régimen del patrimonio y de la contratación de la Junta de Andalucía, en el marco de la legislación básica del Estado. g) La creación y regulación del régimen general y especial en materia económico-financiera de las agencias administrativas y públicas empresariales definidas en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, así como la autorización para la creación de las agencias de régimen especial. h) Las demás materias que, según el Estatuto de Autonomía y las leyes, deban ser reguladas de esta forma. 3. El Parlamento de Andalucía goza de autonomía presupuestaria. Elabora y aprueba su Presupuesto y, en los términos que establezcan sus propias disposiciones, posee facultades plenas para la modificación, ejecución, liquidación y control del mismo. En el primer mes de cada trimestre, la Consejería competente en materia de Hacienda librará automáticamente y por cuartas partes las dotaciones presupuestarias del Parlamento de Andalucía.

Fuente: Boletín Oficial del Estado.

Qué saber para el examen

  • ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
  • ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
  • ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Decreto Legislativo 1/2010). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
  • ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.

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