Constitución Española
Artículo 153 de Constitución Española
TÍTULO VIII De la Organización Territorial del Estado · CAPÍTULO TERCERO De las Comunidades AutónomasÚltima actualización en BOE:
Texto íntegro
El control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas se ejercerá: a) Por el Tribunal Constitucional, el relativo a la constitucionalidad de sus disposiciones normativas con fuerza de ley. b) Por el Gobierno, previo dictamen del Consejo de Estado, el del ejercicio de funciones delegadas a que se refiere el apartado 2 del artículo 150. c) Por la jurisdicción contencioso-administrativa, el de la administración autónoma y sus normas reglamentarias. d) Por el Tribunal de Cuentas, el económico y presupuestario.
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (TÍTULO VIII De la Organización Territorial del Estado · CAPÍTULO TERCERO De las Comunidades Autónomas). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Constitución Española
- Artículo 1Artículo 1 de Constitución Española
- Artículo 2Artículo 2 de Constitución Española
- Artículo 3Artículo 3 de Constitución Española
- Artículo 4Artículo 4 de Constitución Española
- Artículo 5Artículo 5 de Constitución Española
- Artículo 6Artículo 6 de Constitución Española
- Artículo 7Artículo 7 de Constitución Española
- Artículo 8Artículo 8 de Constitución Española
Practica este artículo con OposAGE
Estamos preparando el lanzamiento. Únete a la lista de espera y recibirás acceso anticipado al método y a las fichas asociadas a esta norma.
Unirme a la lista de espera